lunes, 10 de noviembre de 2008

Los municipios catalanes reactivan la batalla legal por la tasa de los teléfonos móviles

Nuevo capítulo en la batalla que libran los ayuntamientos y las operadoras por las tasas a la telefonía móvil. Con los municipios en plena búsqueda de recursos por la severa crisis económica, la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)ha dado la razón al Ayuntamiento de El Prat (Barcelona), ante el recurso interpuesto por Telefónica Móviles por el tributo que grava un 1,5% de los ingresos brutos obtenidos por la operadora en la localidad. La compañía ha presentado ya un recurso contra esta sentencia ante el Tribunal Supremo.

Por primera vez, un juzgado ha avalado las tesis de la Diputación de Barcelona, que representa legalmente a dos centenares de municipios en sus litigios contra las firmas del sector. La corporación impulsó en 2006 una ordenanza tipo para aplicar la tasa a los operadores por uso del dominio público local, tal y como ocurre con las redes eléctricas o los vados de aparcamiento.

El tributo se ha extendido en la mayoría de municipios de la provincia y también a cerca de medio millar de otros consistorios españoles con el apoyo de la Federación de Municipios y Provincias (FEMP), incluido el de Madrid, que hasta ahora se había convertido en un bastión a favor de los operadores. El negocio móvil facturó en España 14.770 millones en 2007, por lo que si esta tasa se generalizase podría llegar a recaudar, teóricamente, hasta 220 millones anuales.

Ahora, el TSJC ha considerado que Telefónica Móviles hace un uso de las líneas telefónicas pese a no tener una red propia y que, por ello, el tributo que le reclama el consistorio es legal.

Aplicación general de la tasa
La aplicación de esta doctrina ha producido mucha preocupación en el Ministerio de Industria –que es absolutamente contrario a aplicar esta tasa a los operadores móviles– desde que en 2005 los ayuntamientos iniciaron su estrategia para aplicar esta tasa a las operadoras móviles a pesar de que están expresamente excluidas de su pago por la Ley de Haciendas Locales.

Según fuentes jurídicas consultadas por EXPANSIÓN, la extrapolación de este argumento permitiría aplicar la tasa del 1,5% a todas las empresas de la Sociedad de la Información, especialmente a aquellas que realizan actividades de comercio electrónico –aerolíneas, banca, distribución, etc– ya que también utilizan las redes fijas.

El máximo tribunal catalán rechaza el argumento de Telefónica Móviles de que no hace uso del dominio público y tampoco considera adecuado el rechazo de la operadora al método de cálculo, basado en una fórmula matemática que estima los ingresos en cada municipio usando la penetración del móvil en la zona y las cuotas de mercado. La sentencia considera que la aplicación de la tasa en función de los parámetros utilizados "es coherente y correcta", y apunta que "sería inconstitucional" su gratuidad para las compañías de telefonía móvil.

Por otro lado, Telecom Italia, participada por Telefónica, confirmó todos sus objetivos para este año a pesar de que los ingresos del tercer trimestre –7.561 millones– cayeron un 1,5%, y el ebitda, de 3.087 millones, descendió un 1,3%. El mejor dato es la mejora del margen, hasta el 40,8%.

Hasta 130 litigios por la suspensión cautelar de las liquidaciones
En los últimos años, con la pujanza de la telefonía móvil, los ayuntamientos han visto descender su recaudación por la tasa que grava el uso del suelo que hacen las compañías de telefonía fija.

Esto ha llevado a un creciente número de administraciones locales –afectadas ahora por la caída de ingresos vinculados a la actividad inmobiliaria– a poner el foco en la telefonía móvil, que durante los últimos años ha mantenido un crecimiento constante en su cifra de negocio.

Los operadores, Telefónica Móviles, Vodafone y Orange, se opusieron al tributo desde el primer momento y han llevado a varios ayuntamientos a los tribunales. Hasta ahora, diferentes sentencias judiciales certifican que, efectivamente, la telefonía móvil utiliza las redes fijas y que, por lo tanto, están sujetas al tributo por la utilización del espacio público local.

Fuentes de la Diputación señalan que existe doctrina del Tribunal Supremo al respecto en las sentencias que resolvieron el litigio mantenido en su día con las distribuidoras eléctricas, que acabaron ganando los abogados de los ayuntamientos.

En cualquier caso, los operadores de telefonía móvil han rechazado por ahora hacer frente a las liquidaciones del nuevo impuesto municipal, a la espera que se resuelva el conflicto en un sentido o en otro.

Las citadas fuentes de la Diputación señalan que las operadoras de telefonía móvil han emprendido más 130 acciones en los juzgados de lo contencioso administrativo de Cataluña para pedir medidas cautelares: suspender las decisiones de los gobiernos municipales de desestimar el recurso contra la liquidación de la tasa. Algunos juzgados han dado la razón a los pequeños ayuntamientos de la provincia de Barcelona y han rechazado las medidas cautelares.